«En Dubái no se pagan impuestos» es una de esas frases que fueron completamente ciertas durante años y que ya solo lo son a medias. Sigue siendo verdad para la renta personal. Ha dejado de serlo, con matices importantes, para buena parte de quien factura como freelancer con un visado propio y cierto volumen de actividad.
Lo que sigue siendo 0%
Los Emiratos Árabes Unidos no aplican impuesto sobre la renta de las personas físicas. Ni sobre el salario, ni sobre la renta de fuente local, ni sobre la renta de fuente extranjera. Esto no ha cambiado y no hay planes anunciados de que cambie a corto plazo — es una de las pocas certezas fiscales verdaderamente estables de todo este panorama.
Lo que cambió en 2023 y que muchas guías siguen sin actualizar
Desde junio de 2023, los EAU aplican un Impuesto de Sociedades del 9% sobre el beneficio imponible que supere los 375.000 AED (unos 93.000 €) anuales. La parte que más gente pasa por alto: esto no afecta solo a «empresas» en el sentido tradicional — un freelancer que opera bajo una licencia comercial o profesional puede quedar sujeto a este impuesto si su volumen de negocio anual supera 1 millón de AED (unos 248.000 €), el umbral de minimis fijado para actividades individuales.
Por debajo de ese volumen, y mientras el beneficio imponible no supere los 375.000 AED, existe además un «Small Business Relief» que permite, solicitándolo expresamente en la declaración, ser tratado como si tuvieras cero renta imponible mientras tus ingresos totales no hayan superado nunca los 3 millones de AED en ningún periodo fiscal. En la práctica, esto deja al freelancer medio con visado propio y facturación moderada fuera del impuesto de sociedades — pero «fuera por ahora, mientras no crezca demasiado» es una frase distinta a «cero impuestos para siempre», y esa distinción es la que ya no aparece en buena parte del contenido que sigue circulando sobre Dubái desde antes de 2023.
El visado de freelance no es un régimen fiscal
Igual que ocurre con la e-residency estonia, el visado de freelance de Dubái (emitido a través de zonas francas específicas, sin necesidad de patrocinador local) es un instrumento migratorio y de licencia comercial, no una categoría fiscal en sí misma. Da acceso legal a residir y facturar en los EAU. Que tu renta personal no tribute allí depende de la ausencia de IRPF emiratí, no del visado — y que tu actividad quede o no sujeta al 9% de sociedades depende de tu volumen de facturación real, no del tipo de visado que tengas.
Lo que esto significa si te planteas Dubái desde España
Convertirte en residente fiscal en los EAU no resuelve nada por sí solo si sigues cumpliendo los criterios de residencia fiscal española (183 días, centro de intereses económicos o vitales) — seguirías siendo residente fiscal español con obligación de declarar tu renta mundial, EAU incluido. Y España, a diferencia de la mayoría de países de la UE, no tiene convenio de doble imposición con los Emiratos Árabes Unidos para personas físicas en los mismos términos que con otros países — lo que complica más de lo habitual resolver un posible conflicto de residencia, y es precisamente el tipo de detalle que conviene resolver con un especialista antes de organizar el traslado, no después.
En los comentarios: si facturas desde Dubái con visado de freelance y tu actividad ya roza el millón de AED, cuenta cómo gestionas el Impuesto de Sociedades y si has solicitado el Small Business Relief. Es la zona gris donde más dudas reales hay ahora mismo.
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Fuentes consultadas: normativa del Impuesto de Sociedades de los EAU en vigor desde junio de 2023, guías fiscales actualizadas a 2026 (Ancova Associates, UAE Expert Hub, Country Tax Calc). Esto no es asesoría fiscal — la relación entre tu residencia fiscal española y una actividad en los EAU debe revisarla un especialista en ambas jurisdicciones.